Tengo que arrancar con un negocio, ¿Qué figura legal me conviene adoptar: Una S.A.S o una S.A?

Las S.A.S. (Sociedades por Acciones Simplificadas) y las S.A. (Sociedades Anónimas) son figuras similares en cuanto a que ambas limitan la responsabilidad de los socios al capital aportado, pero difieren bastante en formalidades, costos, flexibilidad y régimen legal.

Aquí te dejo un resumen claro con sus ventajas y desventajas comparativas, actualizado al marco argentino (Ley 27.349 para S.A.S. y Ley General de Sociedades 19.550 para S.A.):

🟢 VENTAJAS DE LA S.A.S. RESPECTO DE LA S.A.

1. Constitución rápida y económica

  • Se puede constituir 100% online a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
  • En CABA, puede tener estatuto tipo, lo que agiliza el trámite.
  • No requiere publicación en el Boletín Oficial ni escritura pública (solo instrumento privado con firma digital).
  • Los costos notariales y registrales son menores.

2. Capital mínimo bajo

  • Capital mínimo: 2 veces el salario mínimo vital y móvil (SMVM).
    • En 2025, ronda los $500.000 aprox., dependiendo del SMVM.
  • En cambio, la S.A. exige $100.000 de capital mínimo legal (según la LGS), pero en la práctica, para obtener CUIT o operar con bancos, suele requerirse más documentación.

3. Flexibilidad en la administración

  • Puede tener un solo socio (la S.A. no puede ser unipersonal salvo que sea una S.A.U. sujeta a controles más estrictos).
  • No es obligatorio tener directorio; puede administrarla una sola persona.
  • Permite decisiones por medios digitales o a distancia.

4. Menor carga burocrática

  • Menos formalidades en reuniones y actas.
  • No requiere sindicatura obligatoria.

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